BIPA Pago de Suma Asegurada por Invalidez Total y Permanente

La suma asegurada por invalidez total y permanente (BIPA)

Es una cobertura que se incluye en algunas pólizas de seguros de vida y accidentes. Esta cobertura se activa cuando el asegurado sufre una invalidez total y permanente que le impide trabajar o desempeñar sus actividades cotidianas.

Si durante el plazo de seguro de esta cobertura el asegurado sufriera invalidez total y permanente, la compañía pagará al asegurado, en una sola exhibición, la suma asegurada contratada para este beneficio inmediatamente después de transcurrir el período de espera de 6 meses.  La suma asegurada se pagará en una sola exhibición, después de haberse comprobado el estado de invalidez del Asegurado.

La exención de primas por invalidez total y permanente BIT

La cláusula de exención de primas por invalidez total y permanente (BIT) es una cobertura que puede permitir que la póliza continúe en vigor sin que el titular tenga que pagar las primas restantes, lo que puede ser especialmente importante si la discapacidad hace que el titular no pueda trabajar y obtener ingresos.

Para efectos de esta Cláusula, se considerará "Invalidez Total y Permanente "a la pérdida total de facultades o aptitudes de una persona, cuyo origen sea derivado de un accidente o enfermedad que lo imposibiliten para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.

BASES PARA CONSIDERAR QUE UN DICTAMEN TIENE PLENA VALIDEZ PARA AMBAS COBERTURAS

A fin de determinar el estado de invalidez total y permanente, el asegurado deberá presentar a la compañía, el dictamen de invalidez total y permanente avalado por una Institución o Médico Profesional, certificados y especialistas en la materia, así como todos los exámenes, análisis y documentos que sirvieron de base para determinar su invalidez total y permanente, mismos que serán evaluados por un médico especialista certificado por el Consejo de la Especialidad de Medicina del Trabajo, designado por la compañía y en caso de proceder el estado de invalidez total y permanente, la compañía cubrirá lo correspondiente en términos del contrato de seguro. La compañía con cargo a esta tendrá el derecho de hacer examinar al asegurado por el médico designado para comprobar la invalidez.

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